SOMOS UN
GOBIERNO DEPARTAMENTAL DE SERVICIO A LA CIUDADANIA, A TRAVES DE LA ELABORACIÓN,
APROBACIÓN Y EJECUCIÓN DE POLITICAS, PROGRAMAS Y PROYECTOS PARA EL DESARROLLO
HUMANO INTEGRAL CON EQUIDAD, EN COORDINACION CON EL SECTOR PUBLICO Y PRIVADO,
NACIONAL E INTERNACIONAL, A FIN DE CONTRIBUIR AL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE
VIDA DE LOS HABITANTES DEL DEPARTAMENTO Y DEFENDER LOS INTERESES DE ITAPUA
EL GOBIERNO DE ITAPUA SERA UNA
INSTITUCION EN ACTIVO PROCESO DE DESCENTRALIZACION, GENERANDO Y BRINDANDO
PRODUCTOS Y/O SERVICIOS DE ALTA CALIDAD,EFECTIVOS Y EFICACES, CON PERSONAL ALTAMENTE CALIFICADO, MOTIVADO,
RESPONSABLE, DINAMICO Y CON CAPACIDAD PARA TRABAJAR EN EQUIPO, BENEFICIANDO A
LOS HABITANTES DEL DEPARTAMENTO DE ITAPUA PARA UN DESARROLLO HUMANO INTEGRAL
QUE
ESTABLECE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO DEPARTAMENTAL
DEL
GOBIERNO DEPARTAMENTAL
DEBERES
Y ATRIBUCIONES
Artículo
16º.- El Gobierno Departamental tiene como objeto:
a) Elaborar, aprobar y
ejecutar políticas, planes, programas y proyectos para el desarrollo político,
económico, social, turístico y cultural del Departamento, cuyos lineamientos
fundamentales deberán coordinarse con los del Gobierno Nacional y en particular
con el Plan Nacional de Desarrollo. Para el efecto, la Secretaría Técnica de
Planificación, o la entidad que la sustituya, asistirá técnicamente a cada
Gobierno Departamental en la elaboración de los mismos, para asegurar la
congruencia entre políticas y planes nacionales, departamentales y municipales;
b) Coordinar planes,
programas y proyectos con las Municipalidades del Departamento y cooperar con
ellas cuando éstas la soliciten;
c) Formular el Presupuesto
Anual del Gobierno Departamental que será previsto en el Presupuesto General de
la Nación;
d) Administrar los bienes y
recursos del Gobierno Departamental;
e) Coordinar la acción
educativa y la formación escolar y ciudadana con los organismos competentes de
tal forma a que se adecuen a las exigencias y necesidades del Departamento;
f) Coordinar con los
organismos competentes del Gobierno Central la política sanitaria aplicable al
Departamento;
g) Participar de los
programas de cooperación internacional en el Departamento dentro de los límites
establecidos en los Acuerdos Internacionales, así como hacer uso del crédito
público o privado, nacional o internacional conforme a la Ley;
h) Organizar con los
recursos previstos en el Presupuesto del Departamento los servicios
departamentales comunes, tales como obras públicas, provisión de energía
eléctrica, agua potable, transporte y los demás que afecten conjuntamente a más
de un Municipio y dentro del mismo Departamento, en coordinación con los
Municipios y con sujeción a las disposiciones legales que rigen la materia;
i) Cuando dos o más
Gobiernos Departamentales limítrofes tengan proyectos coincidentes, podrán
coordinar sobre los mismos, con sujeción a las disposiciones legales que rijan
la materia;
j) Requerir información
sobre la ejecución presupuestaria de las diferentes oficinas públicas de
carácter nacional que operan en el Departamento;
k) Adoptar medidas para la
preservación de las comunidades indígenas residentes en el mismo y del medio
ambiente y de los recursos naturales del Departamento; y,
l) Cumplir con las demás
funciones que le asignen la Constitución Nacional y las Leyes.